Manual de Convincia 2015

ACUERDO N° 06 DEL 03 DE DICIEMBRE DE 2014

Por el cual se modifica el Manual de Convivencia Escolar de la Institución Educativa Técnica Bojacá.

El Consejo Directivo de la I.E. BOJACÁ, en uso de sus atribuciones y facultades legales establecidas por la Constitución Política, la Ley General de Educación, el Decreto 1860 de 1994, el Decreto 1290 de 2009, el Código de la infancia y la adolescencia y las demás normas reglamentarias y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en los artículos 67 y 68, ampara el derecho a la educación y a la participación en la dirección de las instituciones educativas.

Que la ley 115 de 1994 en sus artículos 73 y 87, exige y establece para toda institución educativa un Manual de Convivencia que responda a las necesidades de la comunidad educativa.

Que la ley 1098 del 8 de Noviembre de 2006 código de la infancia y la adolescencia es una herramienta para toda la comunidad educativa.

Que la ley 12 de 1991 aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño.

Que el decreto 1860 de 1994 reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales y en sus artículos 14 y 17, establece los parámetros del Manual de Convivencia.

Que es fundamental establecer con claridad los canales y las instancias que garanticen el actuar armónico y desarrollo integral de los miembros de la comunidad y en especial de los(as) estudiantes, que son el centro de nuestra acción educativa.

De tal forma, dando estricto cumplimiento a las sentencias de la Corte Constitucional:

Que “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo (ST- 527/95).

Que “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”.

(SC- 555/94).

SENTENCIA T671 (T72788f2)06108103. La Corte Constitucional advirtió que los colegios no están obligados a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias, “Esta sala es enfática en señalar que el deber de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres. Destaca a su vez que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en laInstitución, así como los horarios de entrada y salida de clases, actividades extracurriculares y, el debido comportamiento con sus docentes y compañeros”

RESUELVE:

1. Adoptar el presente Manual de Convivencia como carta de navegación y referencia de los deberes, derechos, normas y aspectos que regirán el buen desarrollo de la vida académica, social, disciplinaria y moral de la Comunidad Educativa Bojacá.

2. Dar a conocer el presente Manual de Convivencia y de normatividad académica a cada uno de los miembros de la comunidad educativa para su cumplimiento. Este Manual hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y está sujeto a los cambios que sean pertinentes que sean necesarios para mejorar la calidad educativa.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

En constancia firman en Chía los tres (03) días del mes de Diciembre de 2014.

SANDRA MILENA MEJÍA GUARÍN

Rectora

JOSÉ YAVETH VARGAS DAZA

Representante Docentes

INGRID MAGALI CÁRDENAS F.

Representante Docentes

GLORIA YANETH MARTÍNEZ

Representante Padres

WILSON FERNANDO YOMAYUSA

Representante Ex-alumnos

RESEÑA HISTÓRICA DE NUESTRA INSTITUCIÓN

La Institución Educativa Bojacá inicia como Escuela Primaria en el año de 1.930, con tres cursos,en la actual ubicacióndel restaurante Los Arrieros, luego el Señor Fernando Alonso vendió el lote donde está ubicada en la actualidad. Su ampliación tanto en infraestructura como en estudiantes fue creciendo paulatinamente, hasta que en 1.972, se abrió la Jornada Tarde y en el año 1.976 se creó el Grado Preescolar. A partir del año 1.993 se inicia el ciclo de Básica Secundaria mediante Acuerdo N° 20 del 18 de diciembre de 1.993 del Honorable Concejo Municipal, quedando anexo al Colegio Departamental José Joaquín Casas.

El edificio en el que ahora se desarrollan las labores escolares fue construido durante la administración del Señor Alcalde Doctor Jorge Orlando Gaitán Mahecha en el año 1.994.

En el año 1.997, se creó la plaza de la rectoría siendo el primer rector por encargo el Padre JAIRO ALONSO GARAVITO (Q.E.P.D.). En octubre del año 2002, llega la primera Rectora de Planta para La Institución, la Licenciada SONIA VICTORIA TORRES SABOGAL, quien inició el proceso de apertura del grado 10° para el 2.003, logrando exitosamente la autorización y aprobación de La Secretaria de Educación de Cundinamarca; a través de encuestas a la comunidad, se definió la profundización a seguir en los grados 10° y 11° siendo ésta en el área de PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD. En el año 2.004 se abrió el Grado 11°, siendo aprobada la Institución en todos sus niveles mediante Resolución 003407 de 16 de septiembre de 2.004, dando paso a la primera Promoción de Bachilleres con un total de 17 alumnos, logrando una posición Media en la primera Prueba de Estado ICFES.

Durante el año 2.005, por cumplimiento a la Ley 715, se integró al Colegio Bojacá, La Sede Mercedes de Calahorra, según Resolución 00528 de 16 de febrero, entrando a formar parte de la Institución con 6 cursos de preescolar a grado 5° de Básica Primaria.

En el mes de Junio del año 2010 llega a la rectoría la Licenciada CALUDIA MARCELA CAMPOS permitiendo la articulación de la Institución con el SENA en Juzgamiento Deportivo.

Posteriormente, el 01 de Junio del 2012, asume la dirección de la Institución, la Licenciada SANDRA MILENA MEJÍA GUARÍN con el sueño de dar continuidad a los procesos que la comunidad educativa había iniciado bajo el nombre del PEI: “Hacia una educación integral para un futuro con calidad” De esta manera, junto con el equipo docente y administrativo, se propusieron continuar posicionando la Institución. Convencida de que para ello, se hacía necesario ajustar el Modelo Pedagógico Institucional y cambiar el carácter académico a Institución Educativa Técnica, fortalece la articulación con el SENA lo que dio lugar a que de la promoción 2013 los estudiantes recibieran el título de técnico laboral en Recreación y en el 2014 en Programación de Software, Diseño gráfico y Multimedia o Recreación, según lo que los estudiantes eligieran.

A partir del mes de Agosto del año 2014, establece convenio con el colegio Fontán para capacitar de manera gratuita a un equipo piloto de cinco docentes y un directivo e implementar paulatinamente en la Institución, el Sistema de Educación Relacional Fontán. Así mismo, después de recoger las expectativas de la comunidad para orientar las especialidades de la técnica de la Institución, logra que en Noviembre 24 de 2014, le entreguen la pauta de aprobación en espera de resolución para la Media Técnica con dos modalidades: Servicios Administrativos Y Financieros y

Servicios A La Salud, convirtiéndose en la primera Institución con Técnica en Salud a nivel nacional.

Se han realizado muchas gestiones y desarrollado muchos proyectos con la valiosa colaboración de los Docentes que han desarrollado sus actividades profesionales dentro de La Institución y en la actualidad se han entregado 11 promociones de Bachilleres.

Hasta el momento se han recibido beneficios y servicios, orientaciones y ayudas de entidades como. Universidad de La Sabana, I.E.C.C., C.O.C., Universidad Nueva Granada, Universidad Manuela Beltrán. Universidad Colciencias, Administración Municipal y Carrefour, quien inició el patrocinio desde el año 2.007 entregando a Mercedes de Calahorra: un Aula de Informática con muebles y equipos, arreglo general de La Planta Física, un Aula Inteligente, refrigerios, Kits escolares y salidas recreativas y pedagógicas para los estudiantes de la sede.

Continuamos poniendo en marcha planes de mejoramiento a nivel institucional, personal y de área, consolidando la participación de nuestros estudiantes en diferentes escenarios, contando con recursos tecnológicos para las diferentes áreas, aula de bilingüismo, aula de audiovisuales, biblioteca, enfermería, amplia zona verde con cancha de fútbol, huerta escolar, laboratorio, emisora escolar, dos aulas de tecnología e informática, etc., con el único propósito de prestar cada día un mejor servicio y dar a nuestros estudiantes más y mejores alternativas para lograr en ellos la actitud autónoma, inclusiva y emprendedora que les permita hacer honor a nuestro PEI, “Hacia una educación integral para un futuro con calidad”.

MANUAL DE CONVIVENCIA

JUSTIFICACIÓN

La Ley General de Educación 115 de febrero 8 de 1994 en sus artículos 73 y 78 y el Decreto reglamentario 1860 de agosto 3 de 1994, exigen la expedición del Manual de Convivencia en todos los establecimientos educativos del país. El artículo 87 de la Ley 115 de 1994 dice: “Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes”. Los educandos y los padres o tutores al firmar la matrícula, en representación de sus hijos, estarán aceptando el contenido del mismo.

Este Manual de Convivencia y/o Reglamento Escolar es un conjunto de pautas que orienta la vivencia de una vida grupal comunitaria, solidaria, productiva que tienda en forma procesual a la constitución de la autorregulación individual y social.

CAPITULO 1: HORIZONTE INSTITUCIONAL

1.1 MISIÓN

Contribuir, mediante la educación relacional, a la formación técnica de estudiantes con un alto nivel intelectual, ético y competente, comprometidos con sí mismos y con su entorno al consolidar un proyecto de vida autónomo y significativo.

1.2 VISIÓN

La institución educativa Bojacá de Chía, en el año 2015, se consolidará como una institución técnica con un alto desempeño académico que contribuye a la formación de seres humanos competentes, autónomos y líderes en la transformación de su entorno.

1.3 OBJETIVOS DE LA INSTITUCION

1.3.1 OBJETIVO GENERAL

Implementar en la práctica un modelo educativo para la formación de personas con mentalidad abierta y capacidad de liderazgo para la consecución individual y colectiva de mejores alternativas de vida siendo competentes y capaces de continuar estudios superiores y/o desempeñarse en el campo laboral.

1.3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  1. Crear un ambiente educativo que promueva relaciones humanas satisfactorias para que los valores y los conocimientos cumplan su propósito en los integrantes de la comunidad educativa.

  2. Educar en el respeto por la vida, los derechos humanos y principios democráticos de paz, convivencia, actitud positiva, solidaridad y justicia.

  3. Inculcar en el estudiante sentido de pertenencia hacia su Institución y su entorno.

  4. Rescatar el papel de la familia, como primera y principal educadora en valores.

  5. Permitir cursar durante la educación media, un programa técnico-laboral como primer ciclo de formación, posibilitando continuidad a ciclos posteriores.

  6. Facilitar el ingreso al mundo del trabajo para desempeñarse en ocupaciones que requiere el mercado laboral o generar iniciativas de emprendimiento y empresarialidad.

  7. Brindar acceso a certificaciones laborales y/o créditos académicos correspondientes a un programa de educación superior, adicionales al título de bachiller que les permitan continuar hacia otros niveles de educación, mediante el reconocimiento de los aprendizajes adquiridos.

1.3.3.PERFIL DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA

La Comunidad de la Institución Educativa Bojacá está conformada por seres humanos competentes, autónomos y líderes en la transformación de su entorno.

CAPITULO 2: DERECHOS, DEBERES Y FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ACADÉMICA.

2.1 DERECHOS Y DEBERES DE LAS Y LOS ESTUDIANTES

DERECHOS

DEBERES

Conocer y acceder al documento del manual de convivencia.

Adquirir, estudiar, respetar, apropiarse y acatar el manual de convivencia, cumpliendo las normas establecidas en el mismo.

Ser respetado (a) en su individualidad y tratado(a) sin preferencia o distinción especial que los lleve a sentirse diferentes a los demás.

Respetar a la diferencia a partir de la vivencia de valores.

Ser valorado (a) en todos los aspectos asociados al desarrollo de su personalidad, sin que ello implique el no cumplimiento de los dispuesto en el presente documento, en particular en lo asociado a su presentación personal.

Cumplir estrictamente con los parámetros de presentación personal y uso del uniforme, dispuestos en este documento.

Estar informado (a) acerca de las orientaciones filosóficas (valores y principios) planteadas por la Institución.

Actuar de acuerdo con éstas.

Ser formado (a) integralmente por todos los miembros de la comunidad, mediante las actividades que fortalezcan su desempeño y actitud como persona.

Respetarse y respetar a todos los miembros de la comunidad; estar en disposición de escuchar la opinión de otros; asumir una actitud de cambio.

Ser escuchado(a) en sus inquietudes, reclamos e iniciativas de forma respetuosa, contando con canales de participación y decisión.

Manifestar sus inquietudes y reclamos de forma respetuosa, con la persona indicada, en el momento y lugar pertinente.

Ser reconocido(a) y resaltado en sus logros académicos, deportivos y artísticos.

Participar activamente y de forma responsable en las actividades y tareas programadas por la Institución.

Recibir las clases a la hora indicada y participar en las actividades que se programen dentro de ellas.

Asistir puntualmente a las clases y demás actividades escolares, respondiendo por estas en caso de inasistencia.

Conocer desde el inicio del año escolar, los programas y normas académicas vigentes para cada asignatura.

Ser una persona honesta, cumplida, respetuosa y buscar la excelencia en la realización de las diferentes tareas, actividades y evaluaciones.

Conocer y acatar las normas académicas.

Conocer la exigencia dela Institución frente al porte y manejo del uniforme.

Portar con orgullo, respeto y pulcritud el uniforme, según el horario diario establecido, dentro y fuera dela Institución.

Participar en las actividades propuestas por la Institución.

Participar y respetar las actividades programadas por la Institución.

Tener acceso a los espacios, recursos y materiales que se requieren para su buen desempeño escolar.

Respetar las normas y horarios establecidos por la institución para el uso de los espacios y velar por la conservación y cuidado de todos los bienes (muebles e inmuebles) de la institución.

Estar informado (a) oportunamente, al igual que sus padres, de los diferentes eventos o actividades que se llevan a cabo en la Institución.

  • Cumplir con los requisitos, normas de disciplina y compromisos adquiridos en las actividades que realiza.

  • Leer los comunicados y hacer llegar los desprendibles firmados ala Institución.

Ser tratado (a) por sus compañeros, directivas, profesores y personal en general, con un vocabulario y actitudes adecuadas.

Utilizar un vocabulario adecuado y una actitud apropiada y respetuosa en todos los lugares y con todas las personas.

Conocer su proceso de seguimiento tanto académico como comporta mental.

Cumplir con los acuerdos y compromisos que se establezcan en las reuniones de seguimiento.

Elegir y ser elegido(a) para participar en comités y proyectos institucionales de acuerdo con el perfil establecido por la Institución.

Presentar por escrito sugerencias a través del(la) representante del consejo estudiantil, en beneficio de la institución.

Ser justo (a) y comprometido (a) en las apreciaciones y juicios respecto a las normas generales y de exigencias académicas.

Conocer los símbolos patrios y dela Institución.

Respetar y vivenciar con orgullo los símbolos patrios y del Institución.

Tener el carnet estudiantil.

Portar permanentemente el carnet estudiantil y presentarlo cuando se requiera.

2.2. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

DERECHOS

DEBERES

Conocer el manual de convivencia y de normatividad académica institucional.

Conocer y asumir lo estipulado en el manual de convivencia del Institución.

Informarse y acatar la filosofía, objetivos, normas y demás situaciones que intervienen en nuestro proceso educativo.

Recibir un trato cortés y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

Ser cortés y respetuoso con los miembros de la comunidad educativa, firmar y regresar oportunamente las circulares enviadas por la institución.

Ser atendido adecuadamente por parte de la Institución ante sus inquietudes, dudas y/o problemas, en los horarios estipulados para tal fin.

Matricular oportunamente a su hijo (a) en el nivel que corresponda al proceso de formación escolar en las fechas establecidas por la institución.

Realizar sus solicitudes de forma respetuosa y siguiendo los conductos regulares.

Recibir información periódica sobre el desempeño académico y comporta mentales de sus hijos (as).

Asistir a las reuniones y actos escolares a los cuales se convoque con el fin de recibir información sobre comportamiento, desarrollo integral, puntualidad y aprovechamiento de cada estudiante. En caso de no poder asistir se debe enviar con inmediatez la excusa por escrito al director de grupo.

Beneficiarse de los servicios y orientaciones pedagógicas ofrecidas por la Institución.

Presentar los soportes externos requeridos desde las diferentes dependencias de la institución educativa. (PSICOLOGIA, ACADEMICO Y/O COMPORTAMENTAL)

Participar en las actividades programadas por parte de la Institución para los padres de familia.

Participar en la escuela de padres.

Asistir a las escuelas de padres programadas por el Institución, como compromiso manifiesto de acompañamiento al proceso formativo que adelantamos en el Institución; los padres de familia que no asistan a las escuelas de padres o a la actividad programada para la recuperación firmaran compromiso de asistencia para el siguiente año lectivo.

Asistir a la celebración día de la familia.

Participar en la conformación de la junta directiva de asociación de padres de familia.

Conformar la asociación de padres.

Velar por la conservación y cuidado de todos los bienes (muebles e inmuebles) de la institución.

Formar parte del consejo de padres.

Conformar los órganos de participación.

Ser atendido oportuna y amablemente en la solicitud de documentos institucionales (constancias de estudio, certificados).

No interrumpir clases, ni transitar por el Institución sin autorización previa de los directivos.

Recibir la formación académica y disciplinaria para sus hijos, acorde con el PEI de la Institución.

Enviar puntualmente el estudiante a la Institución, supervisando la buena presentación personal, porte adecuado del uniforme según lo estipulado por el manual de convivencia, así como brindarle los elementos necesarios para su desempeño académico.

Enviar oportunamente por escrito, las debidas justificaciones en caso de cualquier inasistencia.

Conocer el proceso académico y disciplinario de sus hijos.

Acompañar constantemente el proceso formativo según pautas establecidas por el Institución.

Mantener comunicación permanente con la Institución.

Comunicar oportunamente y en primer lugar a las directivas delaInstitución las irregularidades que tengan conocimiento, especialmente, en relación con maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas y otras que considere pertinentes. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.

Parágrafo 1. Los padres de familia que reincidan en el incumplimiento sin causa justificada de alguna de estas obligaciones u otras contempladas en la matricula o en los acuerdos de convivencia vigente se procederá de la siguiente manera:

  1. Llamado de atención por escrito por parte de la autoridad competente, con copia a la rectora delaInstitución.

  2. Si reincide por segunda vez en el incumplimiento a uno de sus deberes, se citara a una reflexión con un equipo interdisciplinar o en su defecto con Coordinación y el director de grupo según el caso, en la fecha y hora señalada por el Institución durante la jornada escolar.

  3. Si incumple con la asistencia a la escuela de padres se realizará actividades de motivación en las jornadas de entrega de boletines para lograr su participación.

  4. En caso de continuar con el incumplimiento el caso será remitido a la comisaria de familia.

  5. Si después de lo anterior, persiste por tercera vez el incumplimiento en el mismo aspecto, laInstitución puede abstenerse de contraer compromiso de matrícula para el año siguiente.

Parágrafo 2.LaInstitución se reserva el derecho a otorgar el cupo para el año siguiente a los padres, madres de familia y/o acudientes que después de citaciones, conciliaciones y compromisos, no cumplan lo pactado.

2.3 DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES

  1. Recibir un trato justo y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

  2. Ser escuchado y atendido en sus inquietudes y reclamos siguiendo el conducto regular y el debido proceso.

  3. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo Directivo, Consejo Académico, Comisión De Evaluación y Promoción y Comité De Convivencia.

  4. Participar en los programas de investigación y bienestar social.

  5. Participar en las reuniones sindicales.

  6. Permisos debidamente justificados.

  7. Ser informado oportunamente acerca de las decisiones y actividades importantes.

  8. Participar en los cursos de capacitación y actualización que la institución o la secretaría de educación programen.

  9. Ser evaluado e informado de su proceso de evaluación en el desempeño de sus funciones.

2.4 DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES

  1. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa, resaltando valores y fortalezas en cada uno de ellos.

  2. Cumplir con los horarios establecidos por la institución educativa.

  3. Hablar positivamente de la institución y de su comunidad educativa dentro y fuera de ella.

  4. Presentar con puntualidad los informes y demás documentos que la institución le exija.

  5. Fomentar valores tales como la honestidad, la verdad, la justicia, la libertad y la responsabilidad.

  6. Informar a los directivos sus ausencias y justificarlas dentro de los dos días siguientes.

  7. Seguir el conducto regular de acuerdo a las funciones y cargos.

  8. Velar por la conservación y cuidado de todos los bienes (muebles e inmuebles) de la Institución.

  9. Ser justo, objetivo, imparcial y oportuno al evaluar a sus estudiantes.

CAPÍTULO 3. ESTÍMULOS

Concepto: Acción que permite exaltar el buen desempeño de la persona en sus actividades y relación con la comunidad a la cual pertenece.

3.1 ESTÍMULOS AL FINALIZAR EL AÑO ESCOLAR

Se entregará a los estudiantes que durante todo el año se hayan destacado en:

  1. Excelencia académica por nivel: se otorga una medalla a un estudiante por nivel (preescolar, primaria y secundaria) de cada una de las sedes, se elige el mejor promedio.

  2. Excelencia académica por curso: se otorga una mención de honor a un estudiante por curso de cada una de las sedes, quien obtenga el mejor promedio y además se distinga por su convivencia.

  3. Comportamiento Social; una mención de honor a un estudiante por curso de cada una de las sedes que nunca durante el año, haya tenido observaciones negativas.

  4. Colaboración: una mención de honor a un estudiante por curso de cada una de las sedes.

  5. Participación en Actividades Culturales: una mención de honor a un estudiante de cada una de las sedes.

  6. Mejor ICFES: se entregará una placa al estudiante que saque el mejor puntaje en los exámenes de pruebas SABER ONCE, NOVENO Y QUINTO.

  7. Mejor Bachiller:se entregará placa especial EL ESCUDO DORADO al mejor bachiller de la institución.

  8. El Bachiller Más Antiguo:se entregará mención al bachiller que haya estudiado en el colegio desde preescolar.

  9. Mejor Deportista: una mención de honor al estudiante que mejor representó a la Institución.

Parágrafo 1.Las distinciones anteriores se realizarán teniendo en cuenta la valoración obtenida por los estudiantes en el promedio final de cada una de las áreas, el concepto de los estudiantes, docentes y directivos según los siguientes elementos: manual de convivencia, observador del estudiante y registro de valoraciones y se entregaran en ceremonia especial denominada la CEREMONIA DE LOS MEJORES.

Parágrafo 2.Los bachilleres serán proclamados en ceremonia de graduación siempre y cuando hayan alcanzado la totalidad de los logros requeridos durante toda la secundaria, y mantenido un comportamiento adecuado (no finalizar el año escolar con matrícula en observación); los demás se gradúan por ventanilla.

Parágrafo 3. Estímulos artísticos: La Comunidad Educativa a través del Consejo Directivo, de la Asociación de padres de familia y egresados, propenderá por la dotación de instrumentos musicales, vestuario e implementos para coros, grupos de pintura, danzas, porras, banda etc. La institución estimulará el desarrollo de actividades artísticas, culturales científicas y otras que proyecten el buen nombre de la Institución, autorizando la participación de los estudiantes en las diferentes convocatorias interinstitucionales, municipales, departamentales y nacionales.

Parágrafo 4. Estímulos varios: La I. E.Bojacá concederá estímulos a los(as) estudiantes que presenten proyectos educativos que favorezcan el desarrollo de la comunidad educativa y colaboren con la difusión del manual de Convivencia en la parte pedagógica, (reconocimiento público ante la comunidad educativa, prelación para participar en eventos externos).

3.2 ESTÍMULOS DURANTE LOS PERIODOS ACADÉMICOS

Cada bimestre del año, los estudiantes que se destaquen por su desempeño académico, se harán acreedores a los siguientes estímulos: izada de bandera, cuadro de honor u observación motivante en el observador del alumno y carta de felicitación a los padres de familia ANEXANDO el boletín. A los dos primeros lugares por curso se les entregarán prioritariamente los informes de valoraciones en las reuniones de entrega de boletines.

Parágrafo 1. El Director de curso para cada izada de bandera elegirá un estudiante destacado en el aspecto propuesto para tal fin.

Parágrafo 2. A los(as) estudiantes que participen en actividades artísticas, culturales, deportivas  y en general todas las actividades que formen parte del currículo se les exonerará de las ausencias en las diferentes asignaturas, justificándolas ante la Coordinación. Tendrán derecho a realizar las actividades correspondientes para alcanzar los logros pendientes en el respetivo periodo académico.

Parágrafo 3. Las y los estudiantes que asistan a eventos de cualquier área, en representación de la comunidad educativa, deberán ponerse al día en las actividades previstas, para alcanzar los logros pendientes en el respectivo periodo y concertar con el o los docentes la forma de evaluación.

Parágrafo 4. Premio a la familia más comprometida con la institución.Se le dará reconocimiento público a la familia que durante el año colaboró decididamente con las actividades de la Institución y se hará reconocimiento público con mención de honor a los padres de familia que asistan a la totalidad de las actividades programadas en la escuela de padres.

3.3 ESTÍMULO PARA DOCENTES

Reconocimiento público a cada uno de los docentes por sus labores destacadas durante el año.

Estos reconocimientos se harán en la celebración del día del maestro.

CAPÍTULO 4. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL(RAI)

La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Es colar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. (Ley 1620 de 2013, Artículo 29).

    1. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL

4.1.1 Componente de promoción. La Institución Educativa Bojacá por medio de su filosofía, del horizonte institucional y de los proyectos trasversales, Brindará un ambiente que favorezca la convivencia escolar sana y digna de la comunidad Educativa, donde prevalezca, el respeto a los derechos humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, se adelantarán gestiones en este aspecto por parte del Comité escolar de Convivencia.

4.1.2 Componente de prevención. De acuerdo a la identificación de riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos, sexuales y reproductivos, se implementará un plan de Acción para desarrollarse dentro de las actividades pedagógicas y formativas de la Institución con el fin de disminuir estas situaciones y mejorar el clima escolar.

4.1.3 Componente de Atención.La Institución Educativa Bojacá brindará la atención y asistencia oportuna a los miembros de la Comunidad Educativa frente a situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Se crean los protocolos de acuerdo a la clasificación de las situaciones. Artículo 40 Decreto 1965.

4.1.4 Componente de seguimiento.La Institución Educativa Bojacá se guiará por los parámetros del Sistema Nacional de ConvivenciaEscolar quienes deberán realizar permanentemente el seguimiento y evaluación de las estrategias para la promoción y fortalecimiento de la formación de los estudiantes en el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar.

    1. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES

4.2.1 SITUACIONES TIPO I

Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

La Institución Educativa Bojacá cataloga como situaciones tipo I las siguientes:

  1. No portar los elementos necesarios para trabajar en clase.

  2. Evasión a clases o demás actividades programadas por el colegio.

  3. Permanecer dentro de los salones durante el descanso sin previa autorización del docente respectivo.

  4. Incumplimiento de actividades o trabajos y mostrar actitud de apatía en clases.

  5. Llegar tarde al iniciar la jornada, a las horas de clase y a las actividades programadas.

  6. Mal uso de las redes sociales y medios de comunicación.

  7. Promover la indisciplina en los salones, corredores, patios, baños, exteriores de la institución, durante el cambio de clases y en ausencia del docente.

  8. Fomentar el desaseo de los salones, del patio de descanso y demás dependencias de la Institución y negarse a colaborar con el aseo del mismo, atentando así contra el medio ambiente y el entorno.

  9. Comprar alimentos en la caseta de la cooperativa durante las horas de clase sin previa autorización.

  10. Interrupción de clases sin autorización o motivo que lo amerite.

  11. Irrespeto a los actos cívicos, símbolos patrios, religiosos y culturales.

  12. Desacatar las disposiciones dadas por un docente o directivas.

  13. Asistir con el uniforme incompleto, o que no corresponda a lo estipulado e incumplir con el corte de cabello.

  14. Perturbar o desestabilizar el normal desarrollo de la labor académica con dispositivos tecnológicos o de comunicaciones ajenos a la misma.

  15. Inasistencia injustificada a las actividades curriculares, deportivas y/o institucionales que se organicen en el horario escolar.

  16. Utilizar los aparatos tecnológicos de la institución, como televisores, computadores, Tabletas, video proyector, entre otros, sin previa autorización del docente.

  17. Usar un vocabulario soez y/o gestos obscenos.

  18. Entablar diálogos con personas, recibir o entregar cualquier tipo de elementos a través de la reja o comprar en puestos ambulantes ubicados en los alrededores del colegio durante la jornada escolar, en la que se incluye el descanso.

  19. Realizar cualquier tipo de ventas, juegos de azar o negocios de cualquier índole dentro de la Institución o usando para ello, el nombre de la misma.

  20. Fraude o tentativa de fraude en evaluaciones y entrega de trabajos, ya sea por copia o plagio.

  21. Portar el uniforme en lugares que afecten la buena imagen de la Institución como bares, billares, casas de juegos de azar o participar en riñas callejeras etc.

  22. Daño a los implementos que la Institución pone a su disposición.

  23. Agredir con contestaciones, modales, gestos, sátiras o palabras soeces a compañeros, profesores, directivos, personal de la institución y particulares que se encuentren dentro de la misma.

  24. Utilizar los baños de manera inadecuada.

  25. Acceder o salir del colegio o de las instalaciones donde se realizan actividades institucionales por sitios no autorizados.

  26. Incitar a otros estudiantes a pertenecer a sectas, tribus urbanas, pandillas y bandas que atenten contra la moral e integridad de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa.

  27. Realizar manifestaciones de afecto propias de la intimidad y vida privada de una relación de pareja, dentro de la institución o fuera de ella portando el uniforme institucional.

  28. Incitar a otro a que actúe en perjuicio de los bienes de otros o de la institución.

  29. Escribir frases vulgares, pasquines, pintar figuras obscenas o escribir leyendas en la ropa propia o de sus compañeros, tableros, pupitres, muros y demás sitios del establecimiento.

4.2.1.1PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I.

(Decreto 1945, Artículo 42)

Procedimiento:

  1. El docente, administrativo y/o directivo docente que tenga conocimiento de la falta actuará como primer respondiente y deberá activar la ruta según el tipo de falta.

  2. Recepción y radicación de la situación (queja –Información).

  3. Tratamiento: Se debe convocar a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica (mediante el diálogo, la concertación, la responsabilidad y el compromiso); para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. Esta acción se llevara a cabo por el grupo de estudiantes conciliadores quienes dejaran registro en el observador del estudiante y acta.

  4. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia.

  5. El mediador de dicha situación realizará el seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los Artículos 43 y 44situaciones Tipo I o II (Decreto 1965). Esta información se debe dar finalizando el bimestre a Coordinación de Convivencia, salvo en casos que ameriten atención inmediata

4.2.1.2 CORRECTIVOS PARA LAS SITUACIONES TIPO I

Amonestación verbal al estudiante por el docente y/o director de curso o la persona de la comunidad educativa que observe la desavenencia dejando constancia escrita y aplicando el correctivo pedagógico previsto para este tipo de faltas:

  1. Amonestación verbal y/oescrita en la agenda o en el observador del estudiante.

  2. Notificación escrita y/o citación a padres de familia o acudientes, para recordar estrategias de solución.

  3. Anotación en el registro de valoración, observador del (la) estudiante, el cual llevará el respectivo descargo del o la estudiante. En caso de que se niegue a hacerlo se dejará constancia escrita en el mismo medio, firmada por el docente conocedor del caso y el monitor de grado.

  4. Elaborar carteleras, folletos, plegables, etc. referentes al tema sobre el cual se ha cometido la falta, para que el o la estudiante logre interiorizar y comprender el sentido de la norma.

  5. Reflexionar en familia sobre la falta cometida y consignar por escrito en agenda escolar, las conclusiones y los  acuerdos de esta reflexión.

  6. Las clases empiezan a las 6:00, en la tarde a las 12:30 (sede principal); en la sede Mercedes de Calahorra a las 6:45.En el horario mencionado se cierra la puerta. Informando en la asamblea de padres, en la agenda y a los estudiantes al inicio del año.

Parágrafo 1. Para efectos de ausencias:

  1. Cuando el o la estudiante falte a la Institución, el padre de familia o acudiente debe acercarse a la coordinación de convivencia para justificar la ausencia. En caso de incapacidad médica, el Padre de familia debe enviar el documento con firma y sello del médico, junto con una nota firmada en la agenda estudiantil, para poder tener derecho a presentar los trabajos y evaluaciones correspondientes.

  2. Si el o la estudiante falta sin la excusa correspondiente o no ingresa a la Institución, los padres de familia, serán los primeros responsables y en todos los casos la Institución se exonera y exime de todas las acciones y sus posibles consecuencias por los hechos, acciones y actividades que el o la estudiante realizaran en dicha ausencia,

  3. Si el o la estudiante se retira de las instalaciones de la institución de manera ilícita, después de haber ingresado a la Institución, los padres de familia, serán los primeros responsables y en todos los casos la institución se exonera y exime de todas las acciones y sus posibles consecuencias por los hechos, acciones y actividades que el o la estudiante realizaren, renunciando así a su debido proceso, por cuanto infringe de manera grave la norma de presencia activa dentro de las instalaciones de la institución.

  4. Para que el o la estudiante pueda ausentarse de la Institución en horas de clase los padres deben informar por escrito a través de la agenda escolar, por lo menos un día antes. Si no se informa con anterioridad, deberán acercarse a la coordinación de convivencia y solicitar un permiso de salida; no se permiten la salida de los estudiantes menores sin la compañía del padre, madre o acudiente.

  5. Las ausencias injustificadas no dan derecho a la presentación de los trabajos y evaluaciones del día de la ausencia. A partir de la tercera ausencia injustificada se inicia el debido proceso de convivencia social; aunque estas no sean consecutivas.

  6. A los estudiantes que presenten por escrito justificaciones médicas por impedimentos para realizar deporte y ejercicios físicos propios del área de Educación Física y Danzas se les asignarán trabajos específicos, previo acuerdo entre los padres de familia, el estudiante y el docente.

Parágrafo 2: Cada periodo se valorará el comportamiento de las estudiantes en comisiones por niveles que integran coordinadores,docentes, orientador y directores de grupo, o director de curso y coordinador de convivencia.

      1. SITUACIONES TIPO II

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

1. Que se presenten de manera repetida o sistemática.

2. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

La Institución Educativa Bojacá cataloga como situaciones tipo II las siguientes:

  1. Conservar, mostrar o propagar cualquier tipo de material pornográfico.

  2. Utilizar un lenguaje soez e irrespetuoso con actitud morbosa o términos descomedidos de burla o de sarcasmo, contra sus compañeros o compañeras y superiores dentro y fuera del plantel de manera reiterativa.

  3. Ausentarse del colegio, de clases o de actos comunitarios sin autorización o con engaños, de manera reiterativa.

  4. Manipular o aprovecharse de otros estudiantes para degradar su dignidad, su estabilidad física, mental y emocional, o su área psicológica y moral.

  5. Falsificar firmas, adulterar calificaciones o hurtar trabajos.

  6. Reiterado irrespeto a las directivas, profesores o cualquier miembro de la comunidad educativa con palabras soeces, irrespetuosas, agresivas, desafiantes y acciones groseras e indecorosas.

  7. Suplantar a otras personas tales como familiares, estudiantes o miembros de la Institución, reemplazando su identidad, firmando documentos a nombre de la persona requerida, suplantarla telefónicamente y en general todo tipo de conductas que inducen al engaño de identidad.

  8. La complicidad para que personas ajenas entren y permanezcan dentro de la Institución.

  9. Intimidación, matoneo, soborno o intento del mismo dentro y fuera del colegio, para con otros estudiantes, los docentes, las directivas o el cuerpo administrativo.

  10. Consumir, usar, introducir o expender cigarrillos dentro o fuera de la Institución, o inducir a otros a expenderlos o consumirlos.

  11. Violentar las instalaciones de cualquiera de las dependencias de la Institución.

  12. Encubrir hechos, anomalías y conductas que perjudiquen el normal desarrollo del Proceso Educativo dentro o fuera de la Institución, tipificado como comportamiento de omisión o trato negligente o complicidad.

  13. Incumplir el compromiso académico y/o disciplinario adquirido, después de llevar un proceso.

  14. Pertenecer y/o tener nexos con cualquier grupo delictivo o pandilla callejera.

  15. Prácticas espiritistas, brujería, hechicería, satanismo o inducir a éstos.

  16. Consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas, dentro de la institución, o en lugares donde esté reunida la Comunidad Educativa.

  17. Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas.

4.2.2.1 PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II

(Decreto 1965 Artículo 43).

Procedimiento:

  1. El docente, administrativo y/o directivo docente que tenga conocimiento de la falta actuará como primer respondiente y deberá activar la ruta según el tipo de falta.

  2. Radicación de la situación (queja –Información) ante coordinación, en donde se evaluara si se adopta una medida correctiva o si amerita la remisión al comité de convivencia.

  3. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

  4. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, se remitirá la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

  5. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, (Aplicación Decreto 1965 ARTÍCULO 41 N°3) actuación de la cual se dejará constancia.

  6. Se informará de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

  7. Reunión con las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, donde puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

  8. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

  9. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

  10. El comité escolar de convivencia realizará el análisis y seguimiento a las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva.

  11. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

4.2.2.2 CORRECTIVOS PARA SITUACIONES TIPO II

Amonestación al estudiante por el docente y/o director de curso o la persona de la comunidad educativa que observe la desavenencia dejando constancia escrita en la agenda y el observador del estudiante. Citación a padres de Familia por el docente que tenga conocimiento de la falta. Remisión a Coordinación por el docente interesado con acta de remisión y aplicación del correctivo pedagógico previsto para este tipo de faltas:

  1. Todas las enumeradas en las faltas leves.

  2. Elaboración y presentación de trabajo asignado por Comité de convivencia.

  3. Elaboración y firma de compromiso Disciplinario para cumplirlo durante el resto del año escolar.

  4. Suspensión de clases según la catalogación de la falta y la reincidencia en los diferentes lineamientos acordados: Esta sanción será de 1 a 5 días con las actividades pedagógicas especiales asignadas, las cuáles se solicitarán a cada maestro al inicio de la sanción y serán presentadas al finalizar la misma. La sanción no exime al o la estudiante de los deberes y las responsabilidades asignadas para estos días de sanción. La sanción debe cumplirse bajo la supervisión y responsabilidad de los padres.

  5. Realizar una acción social que beneficie a la comunidad en general, en especial a los y las demás estudiantes del Institución, acompañado(a)  por una persona (docente) que certifique el exitoso cumplimiento de la misma. (acciones de embellecimiento, mantenimiento de la I E R Bojacá).

  6. Reparación y pago de los daños que ocasionen a los elementos, muebles y enseres de la institución, al igual que una actividad formativa.

  7. Si la falta afecta el bienestar del grupo, se excluirá al estudiante o la estudiante temporalmente de participar en actividades institucionales.

  8. Desagraviar a la persona calumniada; especificar el por qué el estudiante o la estudiante cometió la falta. Hacer esta actividad con las personas involucradas.  

  9. Sugerencia de cambio de ambiente escolar previo seguimiento del proceso.

FALTA

CORRECTIVO

  • a, j, n, o, p, q

Pérdida temporal del derecho a ingresar al salón de clases por (5) días hábiles. De los cuales 3 días realizará actividades académicas en su casa, bajo la supervisión de sus acudientes, y los dos días restantes realizará horas de colaboración en la institución, relacionadas con el cuidado del medio ambiente, de la planta física, apoyo a la biblioteca, restaurante escolar, huerta etc.

Como producto del correctivo impuesto el estudiante deberá presentar las actividades académicas asignadas y además un escrito reflexivo en relación con la falta, en el que manifieste un compromiso de cambio.

En relación a las horas de colaboración en la institución, el estudiante deberá presentar el formato de cumplimiento de actividades asignadas (ver formato)

Todo ello será anexado en el observador.

  • b, d, f, i,

Durante tres días el estudiante cumplirá su correctivo pedagógico en contra jornada, de los cuales un día realizará actividad reflexiva y de análisis de normas (ley 1620 y ley 1098), presentando como producto final un escrito que dé cuenta de un compromiso de cambio personal.

En los dos días restantes realizará horas de colaboración en la institución, relacionadas con el cuidado del medio ambiente, de la planta física, apoyo a la biblioteca, restaurante escolar, huerta etc.

En relación a las horas de colaboración en la institución, el estudiante deberá presentar el formato de cumplimiento de actividades asignadas (ver formato)

Todo ello será anexado en el observador.

  • c, e, g, h, l

Durante tres días el estudiante cumplirá su correctivo pedagógico en contra jornada, de los cuales un día realizará actividad reflexiva y de análisis de normas nacionales vigentes en relación con la falta, presentando como producto final un escrito que dé cuenta de un compromiso de cambio personal.

En los dos días restantes realizará horas de colaboración en la institución, relacionadas con el cuidado del medio ambiente, de la planta física, apoyo a la biblioteca, restaurante escolar, huerta etc.

En relación a las horas de colaboración en la institución, el estudiante deberá presentar el formato de cumplimiento de actividades asignadas (ver formato)

Todo ello será anexado en el observador.

  • m

Pérdida temporal del derecho a ingresar al salón de clases por (5) días hábiles. La competencia para tal decisión la tendrá el Rectora.

Adicionalmente se hace el seguimiento a los protocolos de la ruta Municipal, mediante remisión a la instancia pertinente por parte del comité de convivencia y la coordinación.

Parágrafo: Cada periodo se valorará el comportamiento de las estudiantes en comisiones por niveles que integran coordinadores, docentes, orientador y directores de grupo, o director de curso y coordinador de convivencia

      1. SITUACIONES TIPO III.

Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la Ley Penal Colombiana.

La Institución Educativa Bojacá cataloga como situaciones de tipo III las siguientes:

  1. Reincidir 3 veces en situaciones tipo II.

  2. Incumplir con el compromiso disciplinario, académico o con la matrícula en observación firmada por el estudiante y sus padres o acudientes.

  3. Matonear, amenazar, intimidar o extorsionar a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, de manera personal, a través de un tercero, de un medio escrito o de una red social.

  4. Promover, manipular, coaccionar y/o ejercer coerción a sus compañeros a formar parte de grupos urbanos, subculturas y tribus urbanas que dentro de sus conductas, comportamientos y filosofía pretendan agredir el concepto primordial que es la vida, y la dignidad a través de la depresión psicológica, la baja estima, la anorexia, la bulimia, la promiscuidad, la prostitución, la mutilación, la drogadicción, el suicidio y las conductas sexuales de riesgo en los niños, niñas y adolescentes.

  5. Agredir físicamente a los compañeros, profesores, directivos y demás personas dentro de la Institución o fuera de ella.

  6. Traer grupos delictivos o pandillas para agredir física o verbalmente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

  7. Amenazar a cualquier miembro de la Comunidad Educativa para que no delate un hecho delictivo o cualquier otra situación.

  8. Hurto comprobado.

  9. 9. Promover o secundar actos que atenten contra la integridad física o moral, de los miembros de la Comunidad Educativa o que atenten contra el buen nombre del colegio, utilizando carteles, volantes, panfletos o cualquier otro medio físico o virtual.

  10. Portar, incitar o traficar con bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas, dentro de la institución, o en lugares donde esté reunida la Comunidad Educativa.

  11. Introducir al colegio, o portar material pornográfico (revistas, videos, etc.) o prácticas proxenetas.

  12. Portar armas o juguetes que las simulen y objetos corto punzantes o hacer uso de cualquiera de las mismas para amenazar, intimidar o agredir dentro de la institución.

  13. Realizar prácticas autoeróticas, exhibicionistas y sexuales dentro de la institución.

  14. Manipular y liberar sustancias tóxicas o contaminantes que afecten la salud e integridad física de las personas.

  15. Causar graves heridas o muerte a cualquier miembro de la comunidad educativa.

  16. Practicar rituales de cualquier índole que atenten contra la integridad física, moral, psicológica o social de la comunidad educativa.

  17. Las demás faltas punibles contenidas en la legislación colombiana.

4.2.3.1 PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III

(Decreto 1965Artículo 44).

Procedimiento:

  1. El docente, administrativo y/o directivo docente que tenga conocimiento de la falta actuará como primer respondiente y deberá activar la ruta según el tipo de falta.

  2. Recepción y radicación de la situación (queja –Información).

  3. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

  4. Se Informará de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

  5. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional. Actuación de la cual se dejará constancia.

  6. Citación a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en un término no mayor de (3) días hábiles. Después de conocida la situación, de la citación se dejará constancia.

  7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

  8. El Comité Escolar de Convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

  9. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

  10. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal de convivencia escolar del municipio de Chía.

4.2.3.2CORRECTIVOS PARA SITUACIONES TIPO III

  1. Se debe brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados, de igual manera informar de la situación a la policía Nacional de infancia y adolescencia.

  2. Citar a los integrantes del comité escolar de Convivencia y ponerlos en conocimiento del caso.

  3. Adoptar las medidas propias para proteger a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.

  4. Realizar el reporte en el Sistema de información Unificado de convivencia Escolar.

  5. Realizar seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo.

  6. Matricula  en Observación: estudiada la falta, se citará a los padres de familia para firmar el acta de compromiso y permanencia en el Institución como “MATRÍCULA EN OBSERVACION”.                                                  

  7. Cancelación de contrato de cooperación educativa: El análisis de la falta cometida puede ocasionar la cancelación de contrato de matrícula de un estudiante o una estudiante delaInstitución en cualquier época del año lectivo, decisión que tomará el Consejo Directivo delaInstitución, después de surtir el debido proceso y se notificará mediante resolución rectoral a el o la estudiante y padres de familia o acudiente, dejando constancia escrita en el registro del observador de todo el proceso realizado. En todos los casos, el soporte para tal resolución de dicha cancelación de contrato de cooperación educativa será en primera instancia el debido proceso, del mismo modo el acatamiento a las sentencias de la corte constitucional que se ha pronunciado a ese respecto de la siguiente manera:

Que “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”.  (ST- 235/97).

Que “La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede respetando el debido proceso, separar a la persona del establecimiento Educativo. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”. (ST- 316/94).

Que “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”. (ST- 519/92).

Que “La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema Educativo, salvo que existen elementos razonables – incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante – que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada”.

(ST- 402/92).

Que “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”. (SC- 555/94).

Al interpretar el artículo 16 de la Constitución que consagra el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la corte constitucional y la doctrina han entendido que: “ese derecho consagra una protección general de la capacidad que la Constitución reconoce a las personas para auto determinarse, esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de vida, siempre y cuando no afecten derechos de terceros”.  (SC-481/98).

  1. En caso de retiro mediante resolución de la cancelación del acuerdo de cooperación educativa de un estudiante o una estudiante delaInstitución, cualquiera que sea el motivo, es obligación de los padres de familia o acudiente, estar a paz y salvo con cada una de las dependencias de la Institución al momento de firmar la cancelación del acuerdo de cooperación educativa y deberá entregar en la secretaria delaInstitución el carné estudiantil. 

  2. No renovación del acuerdo de cooperación educativa: Al estudiante o la estudiante que presente dificultades en su normalización y disciplina o conducta  o rendimiento académico durante el transcurso del año escolar, no le será renovadoel acuerdo de cooperación educativa para el año siguiente, decisión que tomará el Consejo Directivo quien notificará por escrito a el estudiante o la estudiante y padres de familia o acudientes a través de la rectoría o Coordinación Académica. Soportado igualmente en las anteriores sentencias de la corte constitucional mencionadas.

  3. A partir de la notificación de las sanciones todos los y las estudiantes y sus respectivos representantes legales o acudientes, tendrán derecho a interponer los recursos de reposición y/o apelación dentro de los tres (3) días hábiles siguientes. El estamento a quien corresponda tendrá tres (3) días hábiles para comunicar la decisión al o la estudiante o sus representantes legales o acudientes.

  4. El  o La estudiante  que incurra en una falta grave dentro de las convivencias o salidas pedagógicas, será o serán retirados de la experiencia  y reportado alaInstitución donde se llevará el debido proceso desde la coordinación de convivencia para faltas  graves.

  5. De ser necesario y de acuerdo a la falta especialmente grave, se remitirá el caso a las autoridades externas competentes, en obediencia a la Ley de Infancia. 1098.  Artículo 44 numeral 9 con copia de los  soportes, pruebas y actas conforme al debido proceso.   

  6. De conformidad con el decreto 1108 de 1994 en todo caso de tenencia o consumo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, el personal docente o administrativo que detecte el caso deberá enterar a la rectoría para que esta a su vez lo informe a los padres del estudiante implicado y a la comisaria de familia o quien haga sus veces y proceda al decomiso de las sustancias.          

Parágrafo 1. En todos los casos  las y los estudiantes tendrán derecho al cumplimiento del debido proceso que incluye la defensa, siendo representados por el personero de los estudiantes y asistidos por el acudiente registrado en la matrícula.

Parágrafo  2. Ante todos los actos administrativos proceden los recursos de apelación y reposición establecidos por la ley.

Parágrafo 3. El procedimiento respecto a los recursos de reposición y/ o apelación.Cuando se solicite el estudio de una sanción por alguna instancia, los padres de familia deberán hacerlo por escrito, estableciendo el motivo, las razones y la  justificación de su solicitud. Ésta será radicada en la oficina de Secretaría.

1. Toda decisión tomada debe ir acompañada de un informe escrito que puede ser realizado en un acta o dentro del observador  del o la estudiante, con la firma de los participantes en el estudio del caso, siguiendo el debido proceso.

2. Todos los y las estudiantes tienen el derecho a la  defensa, al igual que los padres, utilizando el canal y la instancia que corresponda, en el tiempo que se establece en el presente manual.

4.3ACCIONES NO PERMITIDAS Y QUE AMERITAN LA CANCELACIÓN INMEDIATA DEL CONTRATO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA

Es todo tipo de acción denominado dentro del código penal o civil o dentro de las normas legales vigentes como DELITO.

No está permitido a los y las  estudiantes:

  1. Los actos vandálicos contra  los elementos de la Institución (muebles, equipos, enseres, paredes, baños, entre otros) o contra los integrantes de la comunidad educativa, (la y/o el estudiante y el acudiente deben responder por el daño causado).

  2. Acoso sexual comprobado por la autoridad competente. 

  3. La agresión física y/o psicológica escrita y/o verbal contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa. El acudiente y la y/o estudiante responde por los daños causados en la integridad física y moral del agredido.

  4. El porte, la distribución, la incitación y/o el consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillos y demás sustancias psicotrópicas o cualquier otra sustancia que ponga en peligro la salud física o mental propia o de cualquier integrante de la comunidad educativa, ya sea dentro o fuera de la Institución Educativa.  En caso de que un o una estudiante se presente al Institución o sea hallado (a)  o descubierto (a)  en un “presumible”  caso de estado de embriaguez, o con signos evidentes de estar alcoholizado(a), o bajo los efectos e influjo  de sustancias psicoactivas; por exigencia de la Institución, el o la estudiante será remitido a la Comisaria de Familia, donde están obligados por el artículo 19 de la ley de infancia a instarle la realización de la prueba de sangre o espectro,  además de asistir a un centro de atención para personas con problemas  de alcoholismo y/o drogadicción y presentar un certificado de asistencia y la respectiva evaluación de su situación y el resultado de la prueba de sangre; en todos los procesos, debe estar acompañado(a) por sus padres o sus representantes legales, quienes  recibirán en todo momento la respectiva asesoría escolar. Reiteramos, la familia deberá participar obligatoriamente en este proceso. Dando así Cumplimiento al Artículo 18 y Articulo 19  de la Ley de Infancia 1098, también al artículo 39 de ley 1098 y artículo 25 del código penal del 2000 o ley de los garantes y en obediencia al artículo 44 numeral 9 de la ley 1098 de infancia.

  5. Porte de armas de fuego y/ o corto punzantes.

  6.  Apropiarse de los bienes ajenos, (Sustracción, hurto, encubrimiento y/o apropiación de bienes del Institución, compañeros, docentes y de la comunidad en general)

  7. Desarrollar y/o promover juegos de azar, realizar eventos o espectáculos y el recaudo de dinero o especies que no estén autorizados por la Institución (sobornos, inversiones, rifas, bonos, cadenas, pirámides o similares, etc.).

  8.  La venta o promoción de cualquier tipo de mercancías y el ingreso de personas ajenas a la institución, que impliquen algún lucro particular, negocio,  erogación o estafa a los estudiantes.

  9. Practicar ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros actos que atenten contra la dignidad humana, la salud y la Comunidad Educativa.

Parágrafo 1.Las y los  estudiantes deben avisar oportunamente a los Padres de Familia o al Acudiente Legal cuando éstos sean citados por cualquiera de las coordinaciones y/o docentes. En caso de que el padre o acudiente no se haga presente después de tres (3) llamados serán remitidos a la autoridad competente (Personería municipal, Bienestar Familiar o comisaría de familia), con su correspondiente anotación en las fichas de seguimiento.

Parágrafo 2.La exclusión de clases del o la estudiante se realizará únicamente por parte del comité de convivencia, una vez realizado el debido proceso.

4.4 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS (Decreto 1965, Artículo 39).

  1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real opercibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

  2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no sonresueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

  3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidadEducativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la:

  1. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la saludde otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

  2. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar,atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

  3. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizaro descalificar a otros.

  4. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones queotros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

  5. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a travésde medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

  1. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es todaconducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

  2. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, estoda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

  3. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, «seentiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor».

  4. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación dedaño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

  5. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto deactuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan. Para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

4.5 DEBIDO PROCESO

La Institución Educativa Bojacá, procederá de acuerdo con la Constitución Nacional art. 29, Ley 115/94, Artículo 17 del Decreto 1860/94, Ley 1098 de infancia y adolescencia, Artículo 26. Ley 1620 de 2013.

4.5.1 PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO

  1. Preexistencia de las faltas.

  2. Tipificación de la falta según manual de convivencia.

  3. Presunción de inocencia.

  4. Derecho a la defensa. Descargos.

  5. Presentación de pruebas y valoración de las mismas. (Si las hay)

  6. Análisis de la situación.

  7. Decisión del estamento competente.

4.5.2 ESTRATEGIAS DEL DEBIDO PROCESO

4.5.2.1 ATENUANTES

  1. Haber observado buena conducta anterior y no tener llamados de atención.

  2. Veracidad y responsabilidad en las actuaciones realizadas.

  3. Ser inducido a cometer la falta bajo presión o amenaza.

  4. Procurar voluntariamente, después de cometido el hecho, resarcir el daño.

  5. Si se trata de daño de bienes materiales, el reemplazo inmediato o su plena reparación.

  6. Presentarse voluntariamente ante la instancia institucional que corresponda según el caso, después de haber cometido el hecho y darlo a conocer.

  7. Evitar la injusta sindicación de terceros.

4.5.2.2 AGRAVANTES:

  1. La reincidencia en la infracción de deberes, prohibiciones e incumplimiento de compromisos.

  2. El efecto perturbador o nocivo que la conducta produzca en la comunidad educativa.

  3. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso pueda resultar de peligro común.

  4. Haber preparado deliberadamente la falta con complicidad de otras personas.

  5. La manifestación y actitud clara de obrar de mala fe, voluntad de querer producir daño.

  6. La insistencia en el engaño pese a las pruebas presentadas.

  7. Involucrar en su responsabilidad a otras personas.

4.5.2.3 ESTRATEGIAS

  1. Escucha y diálogo con lo (s) estudiante(s) implicado(s)

  2. Registro de la falta y/o situación presentada en el observador del o la estudiante.

  3. Remisión del caso según el tipo de falta cometida.

  4. Seguimiento de las rutas y protocolos establecidos.

  5. Los correctivos no son prerrequisitos uno del otro secuencialmente, para ser aplicados. Su aplicación depende de la tipificación de la falta cometida.

  6. Aplicación de mecanismos formativos y disciplinarios que conlleven a un compromiso y cambio del estudiante y/o de los padres de familia.

4.5.3 CONDUCTO REGULAR

Para el estudio, análisis y solución de circunstancias, dificultades ysituaciones disciplinarias o académicas que se presenten es necesario establecer las siguientes instancias:

  1. Docente

  2. Director de curso

  3. Orientador escolar

  4. Coordinación

  5. Comité de convivencia

  6. Consejo Directivo

En la Institución se debe seguir estrictamente el siguiente conducto regular en el tratamiento formativo de las faltas a la convivencia y a lo académico, que garantizan el debido proceso:

  1. Diálogo y acuerdo Estudiante-Docente.

  2. Dialogo Director de Grupo-Estudiante.

  3. Si el conflicto o falta es de orden académico se debe firmar compromiso en Coordinación con el debido plan de mejoramiento.

  4. Si el conflicto es de convivencia, compromiso con Coordinación.

  5. Consejo Académico y/o Comité de Convivencia.

  6. Consejo Directivo.

4.6 CAUSALES DE PÉRDIDA DEL CUPO.

  1. Desinterés recurrente en todos los períodos académicos demostrado en la valoración de desempeño bajo en más del 50% de la totalidad de las áreas.

  2. Dos años consecutivos de NO APROBACIÖN del grado.

  3. Indisciplina constante evidenciada en el cumplimiento del debido proceso a las faltas de acuerdo al manual de convivencia.

  4. Maltrato (groserías, agresión verbal), agresión física o amenaza de los padres a docentes o directivas.

  5. Otras que a juicio del Consejo Directivo considere pertinentes.

  6. Además de las anteriores las ocasionadas por la aplicación del debido proceso.

Parágrafo: El bien de la comunidad educativa, o “el bien común prevalece sobre el interés privado o persona” Art 58 Constitución política nacional.

CAPÍTULO 5. GOBIERNO ESCOLAR

5.1 QUÉ ES EL GOBIERNO ESCOLAR

Según la nueva propuesta educativa que plantea la ley 115 de 1994 y el decreto 1860 de 1994, todas lasInstituciones educativas deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Para la comunidad Educativa de la I.E.R. Bojacá el crecimiento y madurez humana sólo son posibles a través del desarrollo interior que se hace manifiesto en las actitudes y comportamientos de quienes conforman la Comunidad Educativa. Por ello, quienes desempeñan cualquier cargo dentro del Gobierno Escolar deben tener una profunda identidad Institucional, manifestada en su compromiso en la familia, en el Institución y frente a sus responsabilidades.

El Gobierno Escolar es un instrumento para la participación activa y democrática, para el compromiso con la comunidad, para la construcción y aporte al crecimiento de la institución.

5.1.2 Funciones Del Gobierno Escolar

Quienes componen el Gobierno Escolar, asumen las funciones que le dispone la ley en el Decreto 1860 y constituirá su propio manual de funciones y procedimientos que entregan al Consejo Directivo para su estudio y aprobación cada dos años. Como es claro para todos, las funciones no pueden exceder el ámbito propio de cada órgano ni suplantar a otro en sus funciones y tienen como eje para la toma de decisiones el Proyecto Educativo Institucional y la identidad propia de la Institución.

Cada órgano del gobierno escolar tendrá su propio reglamento interno.

5.1.3 Conformación Del Gobierno Escolar

El Gobierno Escolar de la I.E.R. BOJACA está fundamentado en el título I”Disposiciones Preliminares” artículo 6 “Comunidad Educativa” de la ley general de Educación de 1994 y en el Capítulo IV “El gobierno Escolar y la organización institucional” artículos 18 y 19 de su decreto reglamentario 1860 de 1994, que otorga plena participación a la Comunidad Educativa. Órganos del gobierno Escolar: (Artículo 20 decreto 1860 de 1994).

Está constituido por la Rectora, El Consejo Directivo, El Consejo Académico.

El Gobierno Escolar, debe estar conformado dentro de los primeros sesenta días calendario, siguientes a la iniciación de clases de cada periodo lectivo. El área de Sociales, a través de su jefatura es el encargado de organizar, programar, ejecutar y evaluar dicho proceso.

5.2 Funciones De La Rectora

La Rectora es la máxima autoridad del Institución y es la responsable de poner a consideración ante el Consejo Directivo el Manual de Convivencia y Normatividad Académica diseñados por la institución.

Como representante legal debe cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes de Colombia y las disposiciones trazadas por el Ministerio de Educación Nacional.

Tiene la responsabilidad de planear, ordenar, controlar y verificar el adecuado funcionamiento de los diferentes procesos institucionales.

Debe propiciar el mantenimiento de un ambiente armónico, que involucre y reconozca todos los

Estamentos institucionales, y la vivencia de los valores en la institución.

Cumplir con las demás funciones afines o complementarias a su responsabilidad.

5.3 CONSEJO DIRECTIVO

Los establecimientos educativos contarán con un Consejo Directivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 142 de la ley 115 de 1994 y artículo 21 del decreto reglamentario 1860. La elección de los representantes se hará en asambleas Generales de Padres de Familia, del Consejo de Estudiantes, de la asamblea de los Docentes del establecimiento y de la Asamblea de ex alumnas.

El Consejo Directivo es el máximo organismo ejecutivo del plantel, facilita la participación a los diversos miembros de la Comunidad Educativa; orienta, académica, disciplinaria y administrativamente la Institución.

Los integrantes del Consejo Directivo tienen derecho a voz y voto, a excepción de la Secretaria que solo tiene voz.

5.3.1 Conformación del Consejo Directivo

  1. Rectora; quien lo preside y convoca ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. Ejerce la representación legal y desempeña las funciones de directora administrativa con autonomía respecto al Consejo Directivo.

  2. Representantes del personal docente: uno por jornada y sede, elegidos por mayoría simple en una asamblea de docentes.

  3. Dos representantes de los padres de familia (Decreto 1286/05).

  4. Un representante de los estudiantes de los (3) últimos grados, escogido por ellos mismo, en el consejo de estudiantes.

  5. Los mecanismos de representación y la participación de los estudiantes en los establecimientos educativos privados se regirán por lo dispuesto en el artículo 142 de esta Ley 115 de 1994.

  6. Una representante de las ex alumnas elegida por el Consejo de Ex alumnas.

  7. Un representante del sector productivo.

  8. Parágrafo primero: La Personera y la Coordinadora asistirá como invitada especial a las reuniones con voz y sin voto. Los representantes serán elegidos por los diferentes estamentos y según las disposiciones oficiales y las prescripciones de la Ley General de Educación.

5.3 .2 Funciones Del Consejo Directivo

  1. Diseñar su propio reglamento interno.

  2. Participar en el manejo y aprobación del presupuesto, tomar decisiones para solucionar situaciones que afecten el buen funcionamiento de la institución.

  3. Participar en la planeación y evaluación del PEI.

  4. Establecer criterios para la asignación de cupos.

  5. Fomentar la conformación de la asociación de padres de familia.

  6. Determinar la permanencia de los estudiantes y negar el cupo cuando el debido proceso lo amerite.

  7. Aprobar el calendario académico.

5.4 CONSEJO ACADÉMICO

El Consejo Académico, convocado y presidido por el Rector o su delegado, estará integrado por los directivos docentes y un docente por cada área o grado que ofrezca la respectiva institución. Se reunirá periódicamente para participar en:

5.4.1 Funciones Del Consejo Académico

  1. El estudio, modificación y ajustes al currículo, de conformidad con lo establecido en la presente ley.

  2. La organización del plan de estudio.

  3. La evaluación anual e institucional, y todas Las funciones que atañen a la buena marcha de la institución educativa.

  4. Orientar y organizar a la acción pedagógica de la institución educativa.

  5. Organizar y ejecutar la evaluación institucional.

  6. Analizar y determinar la situación académica de cada uno de los estudiantes, en particular de aquellos que necesitan mayor compromiso institucional.

5.5. CONSEJO ESTUDIANTIL

De acuerdo con el artículo 29 del decreto 1860 de 1994, es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes y debe estar integrado por un vocero de cada una de las sedes y de los grados, desde primara hasta bachillerato, teniendo en cuenta que preescolar, primero, segundo y tercero eligen un único representante.

5.5.1 Funciones Del Consejo Estudiantil

  1. Tener su propia organización interna.

  2. Elegir entre los estudiantes de grado 11 los representantes al consejo directivo.

  3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

  4. Promover proyectos y actividades que tiendan a la cualificación y mejoramiento institucional, así como a ampliar mecanismo de participación como: murales, encuestas y periódicos.

  5. Representar a la institución en encuentros interinstitucionales locales.

  6. Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y presentarlas a la dirección.

  7. Revocar el mandato del representante de los estudiantes ante el consejo directivo cuando sea necesario.

  8. Revocar el mandato del personero, previo plebiscito en cada uno de los grados.

5.6 EL PERSONERO

Aunque no participa de manera directa en ninguno de los componentes que posibilitan el Consejo Directivo, tiene en nuestra Institución una importante función: es el encargado (a) de promover la identidad, compromiso y participación de todas (os) en el proceso educativo y las funciones que le determina el decreto 1860, a través de diferentes campañas y proyectos comunitarios.

Debe ser un estudiante que curse el último grado, es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

Parágrafo El candidato como requisito debe presentar el formulario diligenciado, anexando su programa o proyecto como representante a personero

5.6.1 Perfil Del Personero(a)

  1. Conoce la filosofía Institucional, el PEI y las normas del manual de convivencia.

  2. Comprometido con el desarrollo Institucional y el mejoramiento de la convivencia Institucional.

  3. Objetivo, dinámico, innovador y proactivo.

  4. Con sentido de pertenencia al establecimiento educativo.

  5. Busca la solución de conflictos y procura mantener la armonía entre los integrantes de la comunidad educativa.

  6. Comparte los principios de la Institución los divulga, los demuestra mediante sus acciones y los defiende.

  7. Conoce y cumple sus funciones y responsabilidades.

  8. Evalúa periódicamente su desempeño para mejorar.

  9. Se comunica de manera apropiado utilizando mecanismos del dialogo, debate y concertación.

  10. Ejemplo de vida fundamentada en valores.

  11. Mantener buenas relaciones humanas con todos los estamentos de la institución y no haber sido sancionado comporta mentalmente.

  12. Capacidad de liderazgo.

  13. Antigüedad de 2 años en el Institución.

5.6.2 Funciones Del Personero (A)

  1. Promoverel ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes y la generación de espacios de respeto y buena convivencia al interior de la institución.

  2. Conocer sus funciones de acuerdo al Decreto 1860 y la Ley 115 de 1994.

  3. Integrarse a las redes municipales de personeros estudiantiles apoyadas por la personería de Chía con el fin de recibir Asesoría y Capacitación.

  4. Mantener un proceso de liderazgo encaminado a desarrollar proyectos realizables y de acuerdo a las funciones señaladas por la Ley.

  5. Desarrollar de manera permanente y responsable la agenda de actividades contempladas en el proyecto por el cual fue elegida y mantener un buen perfil académico y comporta mental.

  6. Presentar informes trimestrales de gestión a la Comunidad Educativa con el fin de estimular su trabajo, presentar logros alcanzados y permitir su comunicación con la Comunidad Educativa.

  7. Presentar ante el rector o el consejo directivo las peticiones que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, avalada por las coordinadoras.

Parágrafo. En caso de que el estudiante elegido no cumpla con las funciones establecidas se revocara del cargo, por resolución rectoral y el cargo será asumido por el segundo en votación.

    1. ASAMBLEA GENERAL DE PADRES FAMILIA

Está conformada por la totalidad de los padres de familia de la Institución quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos.

Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria del rector (a) de la Institución

    1. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Es un órgano de participación de los Padres de Familia de la Institución destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Está conformado por mínimo un (1) y máximo (3) Padres de Familia por cada uno de los grados que ofrezca la Institución. (Decreto 1286 del 2005)

5.9.ELECCIONES

5.9.1 .DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

Dentro de la semana de inducción (primera de clase), los estudiantes de cada curso elegirán mediante votación secreta, un estudiante como representante y un suplente como vocero estudiantil para el año lectivo en curso dentro del consejo estudiantil.

5.9.2. DEL PERSONERO Y EL CONTRALOR ESTUDIANTIL

Serán elegidos democráticamente por los estudiantes matriculados mediante el voto secreto dentro de los primeros treinta días del año lectivo. Según el Artículo 28 del Decreto 1860/94 la organización, desarrollo, ejecución y evaluación estarán a cargo del titular del área de sociales.

      1. DEL CONSEJO DE PADRES

Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el rector del establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes al Consejo de Padres de Familia.

La elección de los representantes de los Padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los Padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.

5.10. COMITÉ PARA LA BUENA CONVIVENCIA

5.10.1.Qué es el comité para la buena convivencia

Es un órgano consultor de la Institución para fomentar la convivencia pacífica entre todos los miembros de la comunidad educativa.

Es una instancia de participación democrática en la fundamentación, definición y aplicación de las normas básicas para la convivencia social al interior de la Comunidad Educativa.

5.10.2. Conformación Del Comité De Convivencia

Será conformado de acuerdo a la ley 1620 del 15 de marzo de 2013, por;

  1. El rector del establecimiento, quien lo convoca y lo preside.

  2. El personero estudiantil.

  3. Un docente con función de orientador.

  4. El coordinador académico.

  5. El presidente del consejo de padres de familia.

  6. El presidente del consejo de estudiantes.

  7. Un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

5.10.3 Funciones Del Comité Para La Buena Convivencia

  1. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales y las garantías que amparan la Comunidad Educativa.

  2. Desarrollar foros y talleres para promover la convivencia y los valores perennes.

  3. Evaluar y mediar en los conflictos que se presenten entre los miembros de la Comunidad Educativa.

  4. Ejecutar y hacer seguimiento al cumplimiento del Reglamento o Manual de Convivencia del establecimiento Educativo.

  5. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo y del Consejo Académico en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.

  6. Estudiar las normas para la convivencia y propiciar su cumplimiento y continuo mejoramiento.

  7. Participar en la evaluación Institucional semestral.

  8. Mantener una constante comunicación con los demás estamentos educativos para lograr un mayor conocimiento y resolución de las situaciones presentadas.

  9. Frente a cada situación que se presente hacer un seguimiento detallado y objetivo antes de tomar determinaciones.

  10. Brindar espacios que permitan el diálogo y no la confrontación entre docente-estudiantes o docentes – padres, madres de familia y/o acudientes.

  11. Los instrumentos utilizados para su funcionamiento como compromisos llamados de atención entre otras, deben ser conocidos por el director(a) de grupo y el o la docente implicado (a)

  12. Realizar seguimiento a los casos de reincidencia en la inadecuada presentación personal del o de la estudiante.

  13. Recibir los reclamos de estudiantes, docentes y padres, madres de familia y/o acudientes sobre el área de comportamiento social y darle el trámite pertinente.

  14. Promover la vinculación de la entidad educativa a los programas externos de convivencia y resolución de conflictos pacíficos.

  15. Cumplir con las funciones y obligaciones encomendadas.

  16. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias programadas.

  17. Nota: Este comité tiene la potestad de llamar a aquellos estudiantes que incurran en cualquier falta que atente contra la moral y los valores de la Institución, los cuales están contenidos en este manual.

5.11.COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Conformada por: los Directivos-Docentes, los Docentes directores de grado, 2 representantes de los padres de familia y 2 estudiantes.

5.11.1.FUNCIONES

Finalizado cada uno de los períodos la comisión se reunirá para:

  1. Analizar los reportes emitidos por cada uno de los docentes de cada una de las áreas, dentro de los plazos y fechas establecidos para ello.

  2. Diseñar e implementar estrategias permanentes de apoyo para el mejoramiento de desempeños bajos y básicos.

  3. Dar recomendaciones a los estudiantes, padres de familia y docentes para el mejoramiento académico de los estudiantes.

Parágrafo 1. Los docentes que no envíen los reportes dentro de los plazos y fechas establecidas se dará por hecho que ninguno de sus estudiantes obtuvo desempeño bajo y por tanto en sus planillas de valoraciones ningún estudiante tendrá notas inferiores a las requeridas para que su desempeño sea básico (3,2 tres punto dos para el año 2012).

CAPÍTULO 6. UNIFORME

  1. El uniforme escolar es el signo de identificación, pertinencia y pertenencia a la Institución y como tal debe ser llevado con respeto, dignidad y decoro.

  2. Todos los estudiantes deben ser responsables de su presentación personal. Los padres de familia como primeros responsables de la formación de sus hijos deben observar y exigir una adecuada presentación personal pulcra, acorde con las actividades programadas por la Institución.

  3. La presentación personal determina unos principios formativos, que aunque no sean compartidos con la moda del momento, sí son definitivos en el proceso de crecimiento y maduración de los estudiantes.

  4. Los estudiantes deben asistir alaInstitución con su cabello CORTO (sin crestas, mechones o tintes de colores artificiales), ASEADO Y BIEN PRESENTADO. Las alumnas con su cabello RECOGIDO, ASEADO Y BIEN PRESENTADO (no se permiten mechones ni tintes de colores artificiales).

  5. Con el uniforme no se debe usar: Maquillaje, accesorios, joyas, moños de colores, manillas, collares, buzos, chalecos, gorros, cachuchas, chaquetas, aretes extravagantes u otras prendas diferentes a lo estipulado en el presente Manual de Convivencia.

  6. Por ningún motivo se permite el uso de pearcing (argollas, tornillos, pasadores, narigueras) y tatuajes.

  7. El uso de los uniformes es obligatorio.

  8. Para salidas pedagógicas o recreativas se debe asistir con el uniforme de educación física completo y en perfecto estado.

  9. Los estudiantes deben llegar, permanecer y salir del Institución, con el uniforme completo y en forma adecuada.

  10. Después de un mes de ingreso a labores escolares, los estudiantes nuevos deben portar el uniforme completo, como lo estipula el presente Manual de Convivencia. Los antiguos desde el primer día de clase.

  11. Cuando se viste alguno de los uniformes o se porta algunos de los signos institucionales debe hacerse con decoro, buena conducta y de acuerdo con las orientaciones de estos acuerdos (incluye uniforme de banda marcial del Institución).

6.1 UNIFORME DE DIARIO.

6.1.1 Niñas-Señoritas

  1. Falda gris con pretina, un prense chato y dos normales atrás y adelante, según estipulado hasta la rodilla.

  2. Camisa blanca manga larga con cuello corbata.

  3. Corbata vino tinto (según modelo).

  4. Media blanca con raya gris y roja (según modelo) media-media.

  5. Chaleco vino tinto, modelo estipulado con las iníciales del Institución impreso al lado izquierdo I.E.R.D.B.

  6. Zapatos negros de hebilla.

6.1.2 Niños- Jóvenes

  1. Pantalón gris oscuro poliéster (según modelo) bota recta.

  2. Camisa blanca manga larga con cuello corbata.

  3. Corbata vino tinto (según modelo).

  4. Medias grises oscuras.

  5. Zapatos negros de hebilla.

  6. Chaleco vino tinto, modelo estipulado con las iníciales del Institución impreso al lado izquierdo I.E.R.B.

  7. Chaqueta doble faz gris y vino tinto (es opcional para todos los estudiantes)

Parágrafo 1.La chaqueta de promoción grado 11 no hace parte del uniforme, por tanto, si en consenso los estudiantes y padres de familia deciden adquirirla, deben hacerlo todos en su totalidad EL USO DE LA CHAQUETA NO EXIME EL PORTE COMPLETO DEL UNIFORME ALOS ESTUDIANTES.

Parágrafo 2. En caso de ser necesario los estudiantes podrán usar bufanda únicamente de color gris oscuro al igual que el pantalón o la falda.

6.2 UNIFORME DE EDUCACION FISICA

  1. Sudadera gris con líneas vino tinto y blanco (según modelo del Institución), pantalón bota recta.

  2. Camiseta blanca,cuello redondo de color vinotintoy las iníciales del Institución impresas al lado derecho.

  3. Pantaloneta vino tinto.

  4. Medias blancas con líneas vino tinto y gris.

  5. Tenis blancos de lona o cuero sin ninguna otra combinación, cordones blancos.

CAPÍTULO 6. DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO ONCE

    1. PARÁMETROS PARA LA GRADUACIÓN

  1. Haber aprobado todas las asignaturas que componen el Plan de Estudios del grado con una nota mínima de 3.3.

  2. Cumplir con las 80 horas de Servicio Social debidamente Certificadas.

  3. Tener los certificados de estudio de grado Quinto a Décimo (Si curso estudios en otros Institución debe tramitarlos con tiempo).

  4. Estar a Paz y Salvo por todo concepto con la Institución.

  5. Haber presentado la prueba SABER 11.

6.2. EXCLUSIÓN DEL ACTO DE PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES

1. Si él o la estudiante de grado undécimo tiene proceso disciplinario por faltas tipo II o tipo III.

2. Si tiene una o más áreas pendientes del grado undécimo o de grados anteriores.

3. Si tiene documentos pendientes en secretaría.

4. Si no ha realizado el servicio social según las normas vigentes.

Los estudiantes de grado 11º que incumplan alguno(s) aspecto(s) anteriores recibirán su diploma por ventanilla en el momento indicado, según sea el caso.

Se notificara a los padres de familia mediante resolución rectoral.

    1. DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO.

6.3.1 Prestación del servicio Social Estudiantil.

Según el Artículo 148 de la Ley 115 de 1.994, Artículo 39 del decreto 1860 de 1.994 y Resolución Nº 4210 del 12 de Septiembre de 1.996 el servicio social estudiantil obligatorio, como proyecto pedagógico se realizará  únicamente en los grados décimos y undécimo, con una intensidad horaria de mínimo Ochenta (80) horas y de acuerdo al PEI de la Institución. Por ser modalidad académica, los estudiantes se desempeñaran en actividades de orden formativo (Alfabetización, difusión del Manual de Convivencia, promoción y prevención de la salud, educación ciudadana (en las familias y personas de sectores aledaños al Institución), se presentarán siempre con el uniforme respectivo.

Al iniciar el año los estudiantes serán convocados para realizar su labor de Servicio Social, por el (a) Director (a) de grado, allí serán informados acerca de:

  1. Organización y funcionamiento del Proyecto de servicio Social Obligatorio.

  2. Sensibilización acerca de las necesidades de la comunidad.

  3. Campos de acción.

  4. Al culminar las horas respectivas los estudiantes deben presentar:

  5. Certificado expedido por el funcionario encargado de la vigilancia del cumplimiento del servicio.

  6. Formato de registro de horas y actividades realizadas, debidamente diligenciado día a día.

  7. Presentación del Informe Final, según formato.

Parágrafo: No se podrán graduar los y las estudiantes, que no hayan certificado el cumplimiento de las horas de Servicio Social.

CAPÍTULO 7. GENERALIDADES

7.1 CALENDARIO ESCOLAR

  1. El año escolar consta de diez (10) meses con cuarenta (40) semanas de labor.

  2. Los periodos de vacaciones son: Semana Santa, dos semanas (junio-julio), una semana de receso en el segundo semestre y siete semanas diciembre- enero.

  3. Los días NO laborales son los señalados por el calendario oficial.

  4. La iniciación del año escolar se hace en la última semana del mes de enero de cada año y las labores académicas finalizan la última semana de noviembre.

  5. Los grados se llevan a cabo la primera semana del mes de diciembre.

7.2 JORNADA ESCOLAR

  • Básica Primaria:

  • Sede Bojacá: 12:30p.m. a 6:00 p.m.

  • Sede Mercedes de Calahorra: 6:45 a.m. a 12:15p.m.

  • Básica Secundaria: 6:00 a.m. a 12:15p.m.

  • Media Técnica: 6:00 a.m. a 2:30 p.m.

7.3 COMUNICACIONES

La comunicación entre laInstitución y la familia del o de la estudiante, se realiza principalmente a través de laAgenda Estudiantil la cual debe portar el (la) estudiante todos los días, junto con los implementos de trabajo; para fines de citación se hará a través de circulares, comunicación telefónica.

7.4 SALIDAS PEDAGÓGICAS.

Toda salida pedagógica tendrá como objetivo contribuir al desarrollo de competencias en cada una de las diferentes áreas del plan de estudios. Para realizar una salida pedagógica se debe tener en cuenta:

  1. Realizar el proyecto y presentarlo a consejo Directivo para que su aprobación, a más tardar la tercera semana de marzo del año en curso.

  2. Solicitar autorización por escrito a los padres de familia.

  3. Verificar que todos los estudiantes involucrados en la salida presenten los siguientes documentos; autorización escrita de los padres, fotocopia del carnet de seguro de accidentes, fotocopia del carnet estudiantil, fotocopia del documento de identidad y fotocopia del carnet de la EPS.

  4. Todos los docentes deberán participar activamente en el apoyo y organización de la salida pedagógica, especialmente los directores de grado.

  5. El docente o los docentes líderes de la salida pedagógica deberán solicitar y presentar ante las directivas fotocopia de los documentos legales de la empresa transportadora (licencias, autorizaciones, SOAT, Revisión técnico mecánica), así como elaborar con ayuda de la secretaria el contrato de prestación del servicio y verificar su cumplimiento.

Parágrafo. Toda salida pedagógica deberá ser aprobada por el Consejo Directivo en marzo del año en curso de lo contrario no podrá realizarse. Así mismo, debe ser supervisada, dirigida y acompañada por rectoría y coordinación.

7.5 USO DE LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS NORMAS Y COMPORTAMIENTO EN LOS DIFERENTES ESPACIOS ESCOLARES.

11.5. 1 Salón de clase

  1. El estudiante debe presentarse con el uniforme, útiles y elementos indispensables para el desarrollo de las actividades académicas.

  2. El estudiante debe llegar puntual a todas las horas de clase.

  3. El estudiante no debe consumir alimentos, ni bebidas, ni masticar chicle.

  4. El estudiante debe guardar compostura y respeto durante la clase y fuera de ella, además mantener el espacio donde se desarrolle limpio.

  5. El estudiante NO debe ausentarse del salón de clases sin la debida autorización del docente y portando su agenda escolar.

  6. NO es permitida la presencia de estudiantes de OTRO grado en el aula.

  7. El o la estudiante deben educar el organismo para evitar los permisos al baño, (Es permitido solamente a los pequeños, y aquellos estudiantes que justifiquen enfermedad).

7.6. DE LOS ÚTILES ESCOLARES Y USO DE RECURSOS DENTRO DE LAS CLASES

  1. El o la estudiante es responsable del cuidado de sus útiles y del espacio que utiliza.

  2. El o la estudiante debe responder por el pupitre que le ha sido asignado conservándolo limpio y en buen estado, además de los equipos y otros muebles que se encuentren en el salón para uso y beneficio del grupo.

  3. No es permitido permanecer en el aula de clase durante los descansos.

  4. -Es fundamental el uso del vocabulario adecuado dentro del aula de clase y fuera de ella.

  5. -No le es permitido a los(as) estudiantes el uso de elementos diferentes a la clase (muñecos, juegos, revistas, mp3, IPod, cámara de video y fotográficas, planchas para el cabello, espejos, cajas de maquillaje, etc.).

  6. En cuanto a los celulares, durante el desarrollo de la clase, es de obligatoriedad que permanezcan apagados.

Parágrafo 1.En caso de uso indebido de cualquier tipo de dispositivo (celulares, IPod, mp3, mp4, planchas, secadores, videojuegos, dispositivos portátiles, entre otros) o textiles (cobijas, pañoletas, bufandas, entre otros) se procederá así:

  1. Se reflexionará con el (la) estudiante y se informa de manera escrita al padre de familia la devolución del mismo y su procedimiento a seguir. El elemento será retenido y dejado en coordinación para la buena convivencia hasta que culmine el periodo en que fue decomisado. Este solo será entregado a sus padres de familia o acudientes. Si hay reincidencia el dispositivo se retendrá hasta finalizar el año escolar. Los y las estudiantes que el año anterior hubiesen incurrido en esta falta se les retendrán todo el año.

  2. El Institución no se hará responsable de ningún dispositivo electrónico que haya traído el/la estudiante La institución.

7.7 RESTAURANTE

El servicio de restaurante se presta a través de una empresa subcontratada por el municipio.

Quienes utilizan este servicio se comprometen a:

  1. Tener un buen comportamiento dentro de las instalaciones.

  2. Dar una adecuada utilización a este espacio colaborando con el orden.

  3. Aseo y cuidado de la dotación allí existente.

  4. Dar un trato respetuoso y amable a las personas que brindan este servicio.

  5. Cumplir con los horarios establecidos.

  6. Mantener una adecuada presentación personal.

  7. Respetar a los(as) compañeros(as).

  8. Brindar buen ejemplo respetando las filas.

  9. Dejar ordenada la mesa que utilice recogiendo la loza.

  10. Comunicar cualquier novedad al docente encargado y/o coordinadora del proceso.

7.7.1 Horario de Restaurante:

El horario establecido para el refrigerio es:para la sede Mercedes de Calahorra 9:45 am; para la sede principal 3:30 pm.

7.8. ENFERMERÍA

Es el espacio donde encontramos orientación y asesoría con respecto a la salud.

  1. Se sugiere a los padres de familia adquirir en el momento de la matrícula el seguro estudiantil para cubrir cualquier eventualidad que se pueda presentar durante el año escolar.

  2. Según el ministerio de salud no se administrará ningún medicamento.

7.9 NORMAS GENERALES DE LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS

(Laboratorios, Audio visuales, salas de sistemas)

  1. Es requisito indispensable PORTAR la agenda con la debida autorización, para dirigirse a cualquier dependencia, ya que será solicitada por la persona encargada.

  2. El o la estudiante debe dirigirse a la persona encargada con respeto y cortesía.

  3. El ingreso a cualquier dependencia se debe realizar en orden y respeto.

  4. Abstenerse de consumir alimentos o bebidas y fomentar la indisciplina.

  5. Estudiantes se deben regir por horarios establecidos según la dependencia.

  6. No es permitido el uso de celulares, Mp3, Mp4 en dichas dependencias.

  7. Los espacios y elementos utilizados en la: Biblioteca, laboratorios, audiovisuales, salas de cómputo y demás, deben quedar en el mismo estado que los encontraron (son responsables tanto docentes como estudiantes).

  8. En las horas de clase únicamente se puede ingresar a internet siempre y cuando éste haga parte de la programación y bajo la supervisión y control del docente.

  9. Utilizar siempre el equipo y el lugar asignado por el profesor en las salas de sistemas y/o laboratorios.

7.10 CASO PARTICULAR: EL EMBARAZO

Cuando una estudiante esté embarazada:

  1. Debe comunicar a la Rectoría de manera verbal y escrita, una vez el padre, madre de familia y/o acudiente y la estudiante conozcan la situación.

  2. Al escrito que presentan el padre, madre de familia y/o acudiente y la estudiante, se debe anexar el examen de gravidez.

  3. La rectoría cita al padre, madre de familia y/o acudiente para sostener un diálogo reflexivo donde se les aclara a los padres de familia que el Institución mantendrá a la estudiante dentro de los procesos normales, y acordar los mecanismos a seguir, así mismo se hablará sobre los riesgos propios del estado de gravidez y la posibilidad de desescolarización.

  4. En ningún momento se exime al padre, madre de familia y/o acudiente del cumplimiento y responsabilidad que conlleva el presente Manual de Convivencia y/o Reglamento Escolar.

CAPÍTULO 8. ADMISIONES Y MATRÍCULA

La matrícula es el compromiso mediante el cual el aspirante adquiere la calidad de estudiante de la I.E.T.B. durante el respectivo año lectivo, previo al cumplimiento de los requisitos que fije la institución. Para la matricula tanto los padres o acudientes como el estudiante, deben conocer, aceptar la filosofía institucional y cumplir la normas del manual de convivencia.

Se consideran estudiantes nuevos quienes ingresen por traslado, transferencia, o aquellos (as) que hayan dejado de estudiar en la institución durante un año lectivo o más.

8.1 CONDICIONES PARA EL PROCESO DE ADMISIÓN

  1. Inscripción formal dentro de las fechas estipuladas.

  2. Presentarse a la entrevista para alumnos nuevos en la fecha y hora establecida.

  3. Diligenciar el formulario con datos exactos, actualizados y claros a máquina o letra imprenta legible anexando:

  1. Registro Civil de nacimiento y/o tarjeta de identidad.

  2. Informe valorativo último periodo a la fecha de admisión.

  3. Certificados oficiales de notas años anteriores desde el grado Quinto.

  4. Fotocopia del observador del estudiante.

  5. Fotocopia cuadro de vacunas (Pre escolar y primero únicamente).

  6. Fotocopia de E.P.S –SISBEN.

  7. Seguro de accidentes.

  8. Agenda.

  9. Firma del acuerdo de cooperación educativa y actas de matrícula en observación o compromisos necesarios.

8.2 COSTOS EDUCATIVOS

Los padres o acudientes, se comprometen a asumir los costos educativos y derechos académicos estipulados en las resoluciones emanadas de la secretaria de educación municipal y los servicios complementarios aprobados por el consejo directivo causados por las labores académicas o proyectos lúdicos del año escolar.

8.3. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA

  1. Certificado oficial de notas último año cursado a partir de primero y constancia de cursado y aprobado transición para estudiantes de grado primero (Nuevos).

  2. Presentar Paz y Salvo por todo concepto a Noviembre del año anterior (Antiguos) y nuevos paz y salvo Institución anterior.

  3. Boletín final año anterior evidenciando la promoción al grado siguiente y en caso contrario anexar actas de recuperación respectiva (Antiguos).

  4. Se sugiere cancelar el pago de seguro de accidentes escolares para dar cumplimiento a la ley de infancia y adolescencia (art. 39 numeral 7 y art. 44 Ley 1098 – Noviembre 08 de 2006) (Nuevos y Antiguos).

  5. Fotocopia del documento de identidad 7 años cumplidos.

  6. Constancia de afiliación al Sisbén o a la E.P.S dando cumplimiento al Art. 39 Obligaciones de la familia Numeral 7 y Art.44 Obligaciones complementarias de las instituciones Educativas numeral 3 de la ley de infancia y la adolescencia (Ley 1098 de fecha 8 de Noviembre de 2006).

Estar presente el alumno y el acudiente para firmar o renovar la matrícula con su respectivo uniforme de diario y la aceptación del manual de convivencia. (El desconocimiento del manual, no es excusa para justificar faltas de comportamiento y compromisos académicos).

8.4 PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DE UN ESTUDIANTE

  1. Informar a la Rectoría de la Institución el retiro mediante una carta donde se especifique el motivo, datos del/la estudiante y grado que está cursando.

  2. Solicitar en secretaría la documentación que reposa en la carpeta del/la estudiante presentando Paz y Salvo por todo concepto con firma y sello de todas las dependencias de la Institución.

IMPORTANTE

  • El trámite de solicitud de constancias y/o certificados del o la estudiante que se retira se debe realizar en la secretaría del Institución presentando el documento de identidad y ser cancelados en Pagaduría teniendo en cuenta el tiempo establecido para su elaboración y entrega.

CAPÍTULO 9. MEDIA TÉCNICA

9.1. PRINCIPIOS

Educar para ser competente y competitivo. La competencia laboral y profesional aumenta día a día, por lo tanto es necesario formar personas cada vez mejores. La autodisciplina, la exigencia consigo mismo(a) y la autogestión constituyen el pasaporte para la superación personal.

Educar para el futuro. Los agentes educadores de hoy son los transformadores del presente y los forjadores del mañana. La acción educativa se encamina a la anticipación del futuro mediante la reflexión del presente.

Educar para el desarrollo de la ciencia y tecnología centra su interés en el desarrollo de las competencias del ser humano en los campos científico y tecnológico que le permiten ser analítico, crítico, transformador y propositivo frente a la realidad del país y del mundo.

    1. PERFIL DEL ESTUDIANTE DE LA MEDIA TÉCNICA

El estudiante que opta por el título de bachiller técnico en Servicios A La Salud, Servicios Administrativos y Financieros en la Institución Educativa Bojacá no solamente debe ser un hacedor de ideas, debe ser un creador y gestor de premisas, debe ser propositivo, promotor de estrategias que lo ayuden como individuo a hacer crecer a su comunidad.

El estudiante técnico de Bojacá mantendrá como valores el amor, el respeto, la responsabilidad, la honradez y el trabajo en equipo, todo respaldado con los conocimientos básicos, académicos y de su propia investigación.

    1. VALORACIÓN MEDIA TÉCNCA

Con el ánimo de generar un mejor ambiente de convivencia, que contribuya a la práctica de valores que permitan hacer de la educación un proceso de formación permanente, integral y social, fundamentado en el desarrollo de la ciencia, la tecnología, el crecimiento personal y social, se ha adoptado un manual acorde con el Sistema de Evaluación Institucional, además de las siguientes consideraciones:

      1. PROCESOS GRADO 10

  1. La elaboración final del proyecto de graduación tendrá una duración de dos años en dos etapas de desarrollo; la primera en el grado 10, en donde se debe entregar al final del año lectivo el anteproyecto; la segunda es el proyecto final al culminar el año lectivo del grado 11.

  2. El anteproyecto y el proyecto final deben contener las normas APA, los lineamientos establecidos en el proceso de información SENA y en el resumen académico del mismo.

  3. Los estudiantes de grado 10 que no hayan alcanzado la totalidad de logros, descriptores y desempeños en Servicios a la Salud, Servicios Administrativos y Financieros, Metodología de la Investigación y Proyectos en Emprendimiento, no se podrán matricular al grado 11.

  4. Los estudiantes que no hayan alcanzado la totalidad de logros, descriptores y desempeños propuestos deben realizar plan de mejoramiento, de común acuerdo con el docente de la asignatura y el padre de familia, diligenciar la planilla del plan de mejoramiento y consignar lo que allí se establece así como dejar registro escrito en la agenda de haber recibido, entregado y sustentado oportunamente el plan de mejoramiento.

  5. El estudiante debe realizar las actividades del Plan de Mejoramiento dado por el docente en las fechas acordadas, salvo en casos de fuerza mayor comprobados en los cuales la Institución programará su desarrollo.

  6. La evaluación de desempeño en las técnicas ofrecidas por el SENA será requisito indispensable como valoración de asignaturas de la media técnica: Servicios a la Salud, Servicios Administrativos y Financieros, Metodología de la Investigación y Proyectos en Emprendimiento.

      1. PROCESOS GRADO 11

1. El estudiante de grado 11 que no cumpla con el proyecto final, al culminar el año lectivo, deberá presentar propuesta y sustentación en Febrero del siguiente año.

2. Las actividades complementarias van paralelas a las actividades del periodo.

3. Los estudiantes del grado 11 deben sustentar el proyecto de graduación, antes de culminar el tercer periodo, previo requisito para graduarse.

4. Los estudiantes del grado 11 que no se presenten a la sustentación del proyecto, deberán presentar una excusa justificada (calamidad, incapacidad médica y / o calamidad doméstica), para que se le asigne fecha posterior. Dentro de los tres días siguientes a la presentación del estudiante.

    1. REGLAMENTACIÓN ACADÉMICA

La educación y formación en los niveles de educación BÁSICA Y MEDIA, será PROCESUAL y de forma CONTINUA, la cual se expresará mediante desempeños.

9.4.1. CONCEPTOS BASICOS PARA DOCENTES Y ESTUDIANTES

  • Valoración del rendimiento escolar

  • Análisis desempeños (incluyendo causas, circunstancias y factores que inciden el rendimiento)

  • Justicia y equidad (entre la familia, el estudiante y la institución)

  • Responsabilidad y actitud de escucha por parte de los docentes.

  • Interiorización y autogestión por parte de los ESTUDIANTES.

  • Hábitos de estudio, construcción e integración del conocimiento.

      1. ACTIVIDADES CURRICULARES Y EXTRACURRICULARES (PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA TÉCNICA)

9.4.2.1 Cumplimiento de los requerimientos de la ley 115/ 1994 y decreto 1860/94(estableciendo las áreas fundamentales en todos los niveles, más las optativas según el proyecto educativo institucional.

9.4.2.2 Salidas pedagógicas – visión laboral: en el caso de la técnica, realizar visitas de tipo pedagógico a diferentes empresas del sector productivo y a lugares afines a las especialidades para que los estudiantes refuercen su visión y se asocien con el entorno enfocándolos hacia el desarrollo de las mismas.

9.4.3.GRADO DÉCIMO: los estudiantes que se encuentren cursando este nivel deben trabajar en un ANTEPROYECTO, teniendo en cuenta la fundamentación sustentada en su IDEA DE PROYECTO, utilizando las metodologías y estrategias desde el emprendimiento, orientada hacia SERVICIOS A LA SALUD O SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS. Dicho trabajo debe ser revisado, sustentado y evaluado por los docentes del área técnica. Además para ser promovidos al grado undécimo deben estar al día con todas las asignaturas correspondientes a la académica. En caso de reprobar el área técnica NO PODRÁ CONTINUAR EN LA INSTITUCIÓN ASPIRANDO A PROMOCIÓN ANTICIPADA. PODRÁ RETIRARSE Y TERMINAR EN UNA INSTITUCIÓN DE MODALIDAD ACADÉMICA.

9.4.4.GRADO UNDÉCIMO: los estudiantes que se encuentren cursando este nivel deben elaborar y ejecutar el PROYECTO. Dicho trabajo debe ser revisado por los docentes del área técnica, sustentado y evaluado ante jurados. Además para que los estudiantespuedan obtener su título, deben estar al día con todas las asignaturas, no deben tener ningún logro pendiente y aprobar el examen de homologación del SENA, para obtener también la certificación de Técnico Laboral en Servicios Farmacéuticos oAdministración de Establecimientos de Comercio al Por Menor de tan prestigiosa institución. El proceso en este nivel se dará la siguiente forma:

PARÁGRAFO 1Un estudiante del grado once tendrá tiempo y/o plazo de cambiar de idea de proyecto y/o de grupo de trabajo hasta terminado el mes de febrero del año en curso, previa aprobación y autorización de los docentes que conforman el área técnica (Servicios a la Salud, Servicios Administrativos y Financieros, Química, Cálculo, Lengua Castellana y Emprendimiento, SENA)

PARÁGRAFO 2

REGLAMENTACION INTERNA DEL AULA, TALLER O LABORATORIO.

1. Ningún estudiante podrá ingresar Laboratorio o taller de Servicios a la Salud sin bata (el color de la misma será el estipulado por los docentes de Servicios a la Salud y servicios Farmacéuticos).

2. Al momento de ingresar el estudiante al laboratorio o taller de Servicios a la Salud debe mostrar sus elementos con los cuales va a desarrollar la clase.

3. Prohibido jugar con cualquier elemento del laboratorio o taller de Servicios a la Saludya que esto puede generar riesgo para su integridad física.

4. Antes de manipular cualquier reactivo químico y/o medicamento, debe solicitar la verificación por parte del docente con el fin de evitar accidentes por la mala manipulación de dichos elementos.

5. Cualquier aparato que sea dañado por el mal uso del mismo, o por no consultarlo con el docente, debe ser repuesto por el estudiante o estudiantes que en su momento lo estuvieran manipulando.

6. Antes de manipular cualquier elemento, se debe verificar su funcionamiento con el fin de evitar incidentes de responsabilidad por el mismo.